Bases del Sorteo Navidad
1. ENTIDAD ORGANIZADORA
El presente sorteo es organizado por la Asociación Grupo Scout Poseidón 304, con NIF G19642727, y domicilio social en Calle Conde de Tendillas nº 17, 18002 Granada (España).
2. OBJETO DEL SORTEO
El objetivo del sorteo es recaudar fondos para las actividades educativas y sociales de la asociación.
Se sortea un único premio, consistente en 50 décimos de la Lotería de Navidad 2025, correspondientes a 50 números distintos, adquiridos al azar por la Asociación y entregados directamente al ganador.
Se publicarán los números en los décimos previo a la realización del sorteo en nuestros canales oficiales de comunicación (Instagram y página web).
Los décimos estarán a nombre de la Asociación hasta su entrega. Una vez entregados, el ganador será el único titular de los mismos y asumirá cualquier responsabilidad derivada.
3. PARTICIPACIÓN Y PAPELETAS
Se emitirán 1.000 papeletas numeradas correlativamente del 000 al 999, a un precio unitario de 5€.
Cada papeleta da derecho a participar una única vez en el sorteo.
La participación en el sorteo implica la aceptación íntegra de estas bases.
4. SORTEO Y DETERMINACIÓN DEL GANADOR
El ganador será la persona que posea la papeleta cuyo número coincida con los tres últimos dígitos del número premiado en el sorteo diario de la ONCE correspondiente al día 17 de diciembre de 2025.
En caso de que no se haya vendido la papeleta ganadora:
Se buscará el número más cercano por orden creciente (por ejemplo, si el número premiado es el 527 y no está vendido, se comprobará el 528, 529, 530… hasta 999; si ninguno de estos está vendido, se continuará con el 000, 001, 002, etc.).
El primer número vendido encontrado en ese recorrido será el ganador.
Este sistema garantiza que no exista posibilidad de empate.
5. ENTREGA DEL PREMIO
La entrega del premio se realizará en persona en el domicilio de la Asociación o en el lugar y fecha que se acuerde entre la asociación y el ganador.
La Asociación podrá requerir al ganador la presentación de la papeleta original y un documento de identidad válido.
Si el ganador no reclama el premio en un plazo de 30 días naturales desde la fecha del sorteo, el premio se considerará renunciado, quedando en poder de la Asociación.
6. IMPUESTOS Y RESPONSABILIDADES
La entrega de los décimos no está sujeta a retención ni tributación por parte de la Asociación.
En caso de resultar premiados los décimos, los impuestos y retenciones aplicables correrán a cargo del ganador, conforme a la normativa fiscal vigente.
La Asociación no se hace responsable de pérdidas, robos o deterioros de las papeletas o décimos una vez entregados.
7. PUBLICIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS
La Asociación podrá publicar el nombre del ganador en sus canales oficiales (redes sociales, tablón informativo, web, etc.) con fines de transparencia.
Los datos personales recogidos se tratarán conforme a la normativa europea (RGPD) y española (LOPD) vigente.
El participante podrá ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiéndose a la Asociación.
8. ACEPTACIÓN DE LAS BASES
La participación en el sorteo implica la plena aceptación de todas las condiciones aquí recogidas.
Cualquier circunstancia no prevista en las presentes bases será resuelta por la organización, con criterios de transparencia y equidad.





